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Mostrando entradas de junio, 2019

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Los sindicatos

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Un sindicato es una asociación permanente y sin ánimo de lucro de trabajador por cuenta ajena que tiene como objetivo la defensa y mejora de las condiciones de trabajo de sus afiliados frente a los empresarios y sus organizaciones. La libertad sindical incluye: - Derecho a fundar, suspender o extinguir un sindicato. - Derecho del trabajador a afiliarse o a separarse de un sindicato. - Derecho a elegir libremente a los representantes de un sindicato. - Derecho de la actividad sindical.

Seguridad social

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La seguridad social se caracteriza por ser: - Un sistema público , al estar gestionado por la Administración Pública. - Un sistema obligatorio , porque todas las personas que realicen una actividad laboral, incluida en su ámbito de aplicación, tienen la obligación de afiliarse o darse de alta y cotizar en este sistema.

Modificación del contrato de trabajo

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El contenido del contrato de trabajo fija inicialmente las condiciones de la prestación laboral, pero dichas condiciones pueden ser alteradas con posterioridad por diferentes causas: - Voluntad conjunta de las partes. - Voluntad unilateral de una de las partes. - Circunstancias ajenas a la voluntad de las partes.

Horas extraordinarias

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Son las horas de trabajo que se realizan por encima de la jornada máxima ordinaria legal o pactada. Existen 3 tipos de horas extraordinarias: - Estructurales : Están pactadas en contrato o en el trabajo convenio, son horas con las que la empresa pretende hacer frente a un aumento de la actividad. - No estructurales : Son voluntarias para el trabajador. - De fuerza mayor : Son necesarias para prevenir o reparar un daño que pueda producirse  sobre las personas o sobre la empresa, son obligatorias para el trabajador, pueden pagarse en dinero o compensarse con tiempo de descanso, No computan a efectos de las 80 horas extraordinarias máximas legales permitidas al año.

La jornada laboral

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Es el tiempo que el trabajador dedica a la realización de su actividad laboral, por lo tanto es el numero de horas al día, semana o año que el trabajador ha de estar a disposición del empresario. Existen 3 tipos de jornadas: - Jornada ordinaria anual : 40 horas semanales de promedio en cómputo anual. - Jornada regular : Todas las semanas se realiza el mismo número de horas ordinarias, sin superar las 9 horas diarias de trabajo (los menores 8 horas diarias como máximo). - Jornada irregular : La duración de la jornada semanal varía, pudiendo superar las 9 horas diarias de trabajo efectivo, excepto en el caso de los menores de 18 años.

Jerarquía normativa laboral

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Las normas se aplican por orden jerárquico de rango inferior no pueden contradecir lo dispuesto en una norma de rango superior

Relaciones laborales ordinarias

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Se les aplica el estatuto de los Trabajadores, por lo que las características de las relaciones laborales ordinarias serán las siguientes: - Personal : Es el trabajador el que tiene que realizar el trabajo. - Voluntaria : El trabajador tiene la libertad de decidir si trabaja o no, nadie le puede obligar a trabajar en aquella actividad laboral que no quiera. - Por cuenta ajena : La empresa asume el riesgo y el empresario se queda con los frutos del trabajo. - Retribuida : A cambio del trabajo realizado se percibe un salario. - Dependiente : El trabajador tiene que aceptar las órdenes y dirección de la empresa

El Derecho

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Es el conjunto de normas y principios que regulan la convivencia humana y resuelven sus conflictos de forma civilizada. Las ramas de derecho se clasifican por: - Derecho Público : regula las relaciones del Estado con los particulares. - Derecho Privado : regula las relaciones entre los particulares.